La CHJ prohíbe el esquí acuático en todo su ámbito territorial
Así lo recoge una resolución de la presidencia de la Confederación Hidrográfica del Júcar que publica hoy el Boletín Oficial del Estado.
Así lo recoge una resolución de la presidencia de la CHJ por la que se fijan las condiciones, limitaciones y requisitos para la navegación en embalses y ríos del dominio público hidráulico, que publica hoy el Boletín Oficial del Estado.
La prohibición del esquí acuático y de las competiciones con embarcaciones de motor se debe a que, al igual que las motos náuticas, sus altas prestaciones de movilidad y la dificultad de balizar zonas específicas entrañan riesgo para el resto de usuarios, mientras que la contaminación acústica que provocan supone «una quiebra del medio ambiente» de los embalses.
La resolución señala asimismo que para la celebración de pruebas o competiciones deportivas de navegación recreativa se deberá presentar declaración responsable veinte días antes, en las que se concretará el día o periodo de prueba, que no podrá superar tres días consecutivos.
El texto incluye una relación detallada de prohibiciones concretas en el ámbito de la Confederación, como por ejemplo la prohibición de acercarse a menos de 1.500 metros de la presa del embalse de Tous, con especial cuidado al peligro que supone el uso del embalse por hidroaviones, o a menos de 700 metros de la de Bellús.
Tampoco se permite acercarse a menos de 300 metros de la presa de embalse de Benagéber; a menos de 250 metros de las presas de los embalses de Ulldecona, de Alcora, de Alarcón o de Amadorio, o a menos de 200 de las presas de Loriguilla, Buseo, María Cristina o Beniarrés.
Día 29/09/2011 - 13.58h
SALUDOS...........GIL
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